La inquietud para crear caminos que lleven a las personas hacia la formación integral y a la felicidad que ello puede generar, me ha movido a crear el presente blog educativo, donde reflejo el trabajo que realizo en el aula con el alumnado del CEIP Veintiocho de febrero de Huércal de Almería.
miércoles, 3 de febrero de 2016
Exposición oral de Carmen y Cristina
Os dejo a continuación la ordenanza que hay que tener en cuenta sobre el reparto de publicidad en el exterior en nuestro municipio para, de esta forma, rellenar la instancia que os entregaré mañana y para entregar el viernes.
ORDENANZA SOBRE PUBLICIDAD EN EXTERIOR EN EL MUNICIPIO DE ROQUETAS DE MAR
Artículo 8. Publicidad mediante reparto manual.
1. Se permitirá el reparto manual de folletos o panfletos a sindicatos, partidos políticos, ONGs y cualquier
otra organización o asociación sin ánimo de lucro.
2. En el caso de que exista ánimo de lucro, solo podrá repartirse de forma manual folletos o panfletos
publicitarios únicamente frente al establecimiento que se publicita.
3. Podrá depositarse publicidad en buzones u objetos específicos para ello, debiendo respetar en todo
momento la voluntad de comunidades de propietarios u otros, en el caso de que manifiesten su negativa
a aceptarla.
4. Se recomienda el empleo de papel reciclado y tintas ecológicas.
5. Deberá mantenerse limpio el espacio urbano afectado por el reparto publicitario.
¡Hasta la próxima entrada!
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Si lo deseas, puedes dejar tu comentario. Gracias.